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Fiscalidad

Impuestos que paga un autónomo en España en 2026: guía completa

📅 29 de mayo de 2026 · ⏱ 10 min de lectura · ✅ Válido para 2026

Lo que aprenderás

  • Qué impuestos paga un autónomo: IVA e IRPF en detalle
  • Qué modelos presentar y cuándo (303, 130, 390, 100)
  • Calendario fiscal completo 2026 con todas las fechas
  • Los 3 errores fiscales más caros y cómo evitarlos

Los dos grandes impuestos del autónomo

Si acabas de darte de alta como autónomo, una de las primeras preguntas es: ¿qué impuestos voy a pagar? La respuesta corta: principalmente dos. El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) y el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Ambos se liquidan trimestralmente con modelos específicos, y una vez al año se hace el ajuste definitivo.

A diferencia de los empleados por cuenta ajena, a los que Hacienda les retiene el impuesto directamente en nómina, el autónomo es el responsable de calcular, reservar y pagar sus propios impuestos cada tres meses. No hacerlo bien, o no tener el dinero cuando llega la fecha, es uno de los problemas más comunes. Te explicamos exactamente cómo funciona.

El IVA del autónomo

¿Qué es el IVA repercutido y el soportado?

Cuando emites una factura a un cliente, añades el IVA al precio de tu servicio o producto. Ese IVA que cobras se llama IVA repercutido y no es tuyo: eres un intermediario que lo recauda para Hacienda. Cuando compras material, contratas servicios o pagas gastos de tu actividad, también pagas IVA. Ese es el IVA soportado, que puedes deducirte.

IVA a pagar = IVA repercutido (cobrado a clientes) − IVA soportado (pagado en gastos)
Ejemplo trimestral3.150 € − 630 € = 2.520 € a ingresar

Modelo 303: trimestral, qué es y cuándo se presenta

El Modelo 303 es la declaración trimestral del IVA. Se presenta cuatro veces al año dentro de los 20 primeros días del mes siguiente al trimestre (o hasta el 30 de enero para el cuarto trimestre). Tenemos una guía detallada sobre cómo rellenar el Modelo 303 si quieres profundizar en cada casilla.

Modelo 390: resumen anual de IVA

El Modelo 390 es el resumen anual de IVA que se presenta en enero del año siguiente. No supone ningún pago adicional; es una declaración informativa que resume los cuatro trimestres del año. Se presenta del 1 al 30 de enero.

Tipos de IVA: general, reducido, superreducido, exento

Tipo % Ejemplos
General 21% Servicios profesionales, electrónica, ropa, mayoría de productos
Reducido 10% Alimentos elaborados, restaurantes, transporte de pasajeros, medicamentos OTC
Superreducido 4% Pan, leche, huevos, fruta, verdura, libros, prensa, medicamentos prescritos
Exento 0% Servicios médicos, educación reglada, alquiler de vivienda, seguros

Actividades exentas de IVA: Si tu actividad está exenta (por ejemplo, eres médico, psicólogo, formador en materias exentas, o seguros), no cobras IVA en tus facturas, pero tampoco puedes deducirte el IVA de tus gastos. Es importante conocer si tu actividad es exenta desde el inicio.

¿Qué pasa si el IVA soportado supera al repercutido?

Si en un trimestre has pagado más IVA en tus gastos del que has cobrado a tus clientes, el resultado del Modelo 303 será negativo. En ese caso tienes dos opciones: compensar ese saldo a tu favor en el trimestre siguiente (lo más habitual), o solicitar la devolución a Hacienda si es el cuarto trimestre. La compensación se arrastra hasta que el saldo se agota o llega el 4T.

El IRPF del autónomo: estimación directa

El IRPF grava los rendimientos netos de tu actividad (lo que ganas menos lo que gastas). La mayoría de autónomos tributan en estimación directa simplificada, que es el régimen más sencillo. Funciona así: cada trimestre haces un pago fraccionado a cuenta del IRPF anual, y en primavera (cuando presentas la Renta) se regulariza todo.

Modelo 130: pago fraccionado trimestral del IRPF

El Modelo 130 es el pago a cuenta trimestral del IRPF. Se calcula así: tomas el rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero hasta el final del trimestre (ingresos menos gastos deducibles), le aplicas el 20%, y a ese resultado le restas los pagos del 130 que ya hayas hecho en trimestres anteriores. Lo que queda es lo que pagas ese trimestre.

Ejemplo — 2T (enero a junio acumulado):
Ingresos acumulados: 30.000 €
Gastos deducibles acumulados: 8.000 €
Rendimiento neto: 22.000 €
20% sobre rendimiento: 4.400 €
Pagado en el 1T: −1.800 €
A pagar en el 2T: 2.600 €

Modelo 100: la declaración de la renta anual

En primavera (abril–junio del año siguiente) presentas el Modelo 100, la declaración de la renta. Aquí Hacienda calcula el IRPF real que debes pagar sobre todos tus ingresos del año (actividad + posibles ingresos de capital, trabajo, etc.) y resta todo lo que has ido pagando con los Modelos 130. Si has pagado de más, te devuelven; si de menos, tienes que pagar la diferencia.

Las retenciones del 15% en facturas: ¿te libran del 130?

Si facturas principalmente a empresas y aplicas la retención del 15% de IRPF en tus facturas (que aparece como "Retención IRPF" en la factura y reduce el importe que te pagan), puedes estar exento de presentar el Modelo 130. La condición es que más del 70% de tus ingresos lleven retención. En ese caso, son las empresas quienes ingresan ese IRPF en tu nombre directamente a Hacienda. Si es así, solo tendrás que presentar el Modelo 100 anual.

Otros impuestos y obligaciones fiscales

IAE — quién lo paga

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) lo pagan solo aquellos autónomos con cifra de negocio superior a 1 millón de euros al año. Si estás por debajo de ese umbral, estás exento de pagarlo. Eso no significa que no tengas que declarar tu actividad en el IAE: sí debes hacerlo al darte de alta en Hacienda, pero el pago solo te corresponde si superas ese millón.

IS si tienes SL — no aplica al autónomo persona física

El Impuesto de Sociedades (IS) solo aplica a sociedades mercantiles (SL, SA, etc.). Si trabajas como autónomo persona física, no pagas IS. Tu beneficio tributa por IRPF, como hemos explicado. Si en algún momento montas una SL, la empresa tributará por IS (tipo general del 25%, o del 15% los dos primeros años con beneficios para empresas de nueva creación) y tú, como socio o administrador, tributarás por lo que la SL te pague en nómina o dividendos.

Calendario fiscal del autónomo 2026

Fecha límite Qué presentar
20 enero 2026 303 Q4 2025 (IVA) + 130 Q4 2025 (IRPF)
30 enero 2026 390 (Resumen anual IVA 2025) + 180 (Resumen ret. alquileres)
20 abril 2026 303 Q1 2026 (IVA) + 130 Q1 2026 (IRPF)
30 junio 2026 Modelo 100 — Declaración de la Renta 2025
20 julio 2026 303 Q2 2026 (IVA) + 130 Q2 2026 (IRPF)
20 octubre 2026 303 Q3 2026 (IVA) + 130 Q3 2026 (IRPF)
20 enero 2027 303 Q4 2026 (IVA) + 130 Q4 2026 (IRPF)
30 enero 2027 390 (Resumen anual IVA 2026)

Los 3 errores fiscales más caros para un autónomo

1
No reservar el dinero de los impuestos cada mes
El error más frecuente y más doloroso. Al cobrar una factura de 10.000 €, ese dinero no es todo tuyo: una parte corresponde al IVA (que entregas a Hacienda en el 303) y otra al IRPF (que pagas en el 130). Si lo gastas, cuando llegue la fecha de presentación no tendrás el dinero. La regla práctica: reserva aproximadamente el 30-35% de cada ingreso para impuestos y cuota RETA.
2
Mezclar gastos personales y profesionales
Pagar con la tarjeta de empresa gastos personales, o al revés, complica enormemente la contabilidad y puede dar problemas en una inspección. Abre una cuenta bancaria específica para tu actividad autónoma desde el primer día. Así sabes exactamente qué entra y qué sale de tu negocio.
3
No saber si cobrar o no IVA en determinadas facturas
Algunos autónomos no tienen claro si sus servicios están sujetos a IVA, exentos o si aplica la regla de inversión del sujeto pasivo (cuando facturas a empresas de otros países de la UE). Facturar sin IVA cuando deberías incluirlo es una sanción; incluirlo cuando no deberías también genera problemas. Ante la duda, consulta antes de emitir la primera factura.
📖 Guías relacionadas

Reduce la base sobre la que pagas IRPF conociendo todos los gastos que puedes deducirte.

Gastos deducibles para autónomos en 2026 → Cómo darse de alta como autónomo en España →

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje de IRPF paga un autónomo? +
Un autónomo no paga un porcentaje fijo de IRPF sobre sus ingresos brutos. Paga sobre el rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles) aplicando la escala progresiva del IRPF: 19% para los primeros 12.450 €, 24% hasta 20.200 €, 30% hasta 35.200 €, 37% hasta 60.000 €, 45% hasta 300.000 € y 47% a partir de ahí. A esto se suma la parte autonómica, que varía por comunidad.
¿Puedo presentar el modelo 303 a cero aunque haya facturado? +
Sí, si el IVA soportado (el que has pagado en tus gastos) es igual o mayor que el IVA repercutido (el que has cobrado a tus clientes), el resultado del 303 puede ser cero o negativo. En ese caso debes presentarlo igualmente, indicando "a compensar". No presentarlo porque el resultado sea cero es una infracción tributaria.
¿Qué pasa si me olvido de presentar un modelo fiscal? +
Si presentas fuera de plazo de forma espontánea (sin que Hacienda te lo reclame), se aplica un recargo del 1% por cada mes de retraso, hasta el 15% si han pasado más de 12 meses. Si Hacienda te lo reclama antes de que presentes, la sanción mínima por no presentar es de 200 € por modelo (y puede llegar al 50-100% de la cuota dejada de ingresar si hay perjuicio económico para la Hacienda Pública).

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